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SUTEF solicitó la suspensión cautelar del SUNA

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El Sindicato Unificado de Trabajadoras y Trabajadores de la Educación Fueguina (SUTEF) ha solicitado al Ministro de Educación de la provincia, Pablo López Silva, la suspensión inmediata y cautelar del Sistema Único de Novedades de Agentes (SUNA). 

Desde el sindicato, denunciamos que este sistema incorpora criterios para registrar la participación de docentes en medidas de acción gremial. Esta situación es alarmante, ya que no solo implica el manejo de datos sensibles, sino que también afecta la conformación de bases de datos y el ejercicio de derechos constitucionales de las trabajadoras y trabajadores de la educación fueguina.

La implementación de estos criterios es sumamente preocupante y se da en un contexto donde avanzan el autoritarismo, el ajuste, la represión y la persecución gremial y política por parte del gobierno nacional. La creación de registros que identifiquen a docentes por su participación en medidas gremiales es una práctica que atenta directamente contra la libertad sindical y el derecho a huelga, pilares fundamentales de nuestra democracia.

SUTEF denuncia que la implementación del sistema SUNA vulnera principios fundamentales del ordenamiento jurídico argentino por los siguientes motivos:

Formación de listas por filiación sindical

Este sistema permite identificar a quienes participan en medidas de acción gremial y crear un registro ilegal para hostigar y perseguir a docentes, abriendo la posibilidad a la creación de un registro según su posicionamiento gremial. Esta información constituye un dato sensible, ya que está directamente vinculada con la filiación a la actividad sindical, protegida constitucionalmente. 

🚫 Potencial uso discriminatorio

El registro de paros puede utilizarse en el futuro para adoptar decisiones administrativas desfavorables —tales como asignaciones de cargo, traslados, promociones o incluso despidos— en perjuicio de quienes ejercieron legítimamente su derecho a huelga. 

📜 Violación de principio de no discriminación sindical

El Estado, como empleador, no puede adoptar conductas que impliquen sanciones indirectas por el ejercicio de derechos fundamentales.

❗ Falta de finalidad legítima específica

El sistema SUNA registra los días de paro como «novedades administrativas», sin que se haya justificado una finalidad legítima, específica, necesaria y proporcionada para el tratamiento de datos sensibles relacionados con el ejercicio de derechos sindicales. La mera administración de ausencias no justifica el almacenamiento de información que revela la participación en actividades de protesta.

🔍 Ausencia de transparencia

Ni el sindicato ni los trabajadores han sido debidamente informados sobre: el método de recolección, almacenamiento y procesamiento de datos; los criterios de comunicación entre establecimientos educativos y áreas de recursos humanos; el plazo de conservación de la información; la identidad del responsable del tratamiento de datos; y las medidas de seguridad implementadas para proteger la información. Esta falta de transparencia vulnera directamente el artículo 43 de la Constitución Nacional y los principios de buena fe y acceso a la información. 

⚖️ Principio de proporcionalidad
El registro sistemático de días de paro constituye una injerencia desmedida en los derechos fundamentales de las trabajadoras y trabajadores, desproporcionada con respecto a cualquier finalidad administrativa legítima que se pretenda alcanzar.

Además de la suspensión, se solicita una reunión de carácter urgente con las autoridades, a fin de que la materia en cuestión sea objeto de trabajo en Mesa Técnica previo a cualquier implementación. Esto con el objetivo de evitar futuros inconvenientes o avasallamientos por irregularidades.

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